Emisión:
Se pondrán en circulación 2.500 BONOS CONTRIBUCION DEL CENTENARIO numerados correlativamente y nominales, además en el momento de la adquisición se entregará al adquirente un Certificado de Compra que contendrá impreso cuatro números de cuatro cifras de manera aleatoria, comprendidos entre los números 0001 y el 9999 inclusive y las Condiciones Generales.
Para que tenga validez el adquirente deberá abonar la cuota pertinente en la Sede de la Institución y/o el cobrador autorizado y/o por Tarjeta de Crédito y/o Tarjeta de Débito.
Titularidad:
Los BONOS CONTRIBUCION DEL CENTENARIO serán personales y nominales, podrán ser adquiridas a idénticos valores indistintamente por socios de la Institución y no socios que a la fecha hayan cumplido 18 Años de Edad, a efectos de poder participar de todos los Sorteos Gratuitos Mensuales por Cumplimiento de Pago en Término programados.
En caso de ser menores podrán adquirirla, pero deberán ser representados conjuntamente por sus padres, tutores o quien ejerza la representación legal.
Valor:
Cada BONO CONTRIBUCION DEL CENTENARIO tendrá dos alternativas de costo y pago:
Cuotas: Valor de $ 1.000.00.-, que se podrán abonar con 3 (Tres) alternativas de pago:
a) EFECTIVO: En 7 (siete) cuotas mensuales, consecutivas e improrrogables, divididas en la siguiente manera: la 1* con un valor de $ 160,00.- y las 6 (seis) restantes de $.140,00.- cada una.
b) CHEQUE: Se puede abonar ingresando los valores diferidos consignados en el punto a) cuya fecha de acreditación no puede superar el día 15 de cada mes del sorteo.
c) TARJETA DE CREDITO: Se puede abonar hasta en 12 (doce) cuotas, pudiendo participar si se abona con esta modalidad de los Obsequios Mensuales por Pago Contado.-
Contado: Valor de $.700,00.- que se podrá abonar con 4 (Cuatro) alternativas de pago:
a) EFECTIVO: en 1 (un) pago.-
b) CHEQUE: en 1 (un) pago.-
c) TARJETA DE DEBITO: en 1 (un) pago.-
d) TARJETA DE CRÉDITO: se puede abonar en 1 (una), 2 (dos) o 3 (cuotas).-
Derechos del Adquirente durante el Período de Pagos:
Todo adquirente de un BONO CONTRIBUCION DEL CENTENARIO:
a) Siempre que haya abonado las cuotas dentro de los plazos estipulados podrá participar en los Sorteos Gratuitos Mensuales por Cumplimiento de Pago en Término con excelente retorno en cantidad y calidad de Premios.
b) Si abona al Contado o completa el pago total del Bono Contribución del Centenario dentro de los plazos estipulados podrá participar, además de los Sorteos señalados, en los Sorteos Gratuitos Especiales por Pago Contado.
Derechos del Adquirente habiendo cumplimentado el Pago Total ya sea en Cuotas o al Contado:
c) Si algún adquirente desea que el Bono Contribución del Centenario figure a nombre de otra persona viva o fallecida, deberán presentar una nota dejando constancia de tal pedido, acompañando la misma con todos los datos personales del reemplazante.
Cumplimiento de Pago en Término:
Los adquirentes de Bonos Contribución del Centenario en Cuotas Mensuales que no se hallaren al día con los pagos, no podrán usufructuar los derechos asignados, no asistiéndoles ningún derecho a reclamo. Para comodidad del adquirente la Institución dispondrá de cobradores a domicilio.
Si por cualquier circunstancia el cobrador no llegara a efectivizar el cobro de la Cuota Mensual respectiva, el adquirente podrá abonar la misma en la Sede Social o donde el Club lo disponga de lunes a viernes de 15 a 20 horas y sábados de 10 a 13 horas, incluido el mismo día y horarios previstos para los Sorteos.
Todo pago efectuado fuera de los plazos establecidos invalidará la participación del Certificado de Compra en el Sorteo Gratuito Mensual que corresponda.
Todo atraso en el pago de una Cuota Mensual en las condiciones antes descriptas autoriza a la Institución a declarar en mora el Bono Contribución del Centenario, sin necesidad de interpelación y/o intimación alguna de pago, anulando totalmente los derechos del adquirente sin obligación de devolución de lo anteriormente abonado, reservándose la Institución disponer de dicho Bono Contribución del Centenario para su posterior reventa y/o habilitación de continuidad.
En éste último caso previo pago de la totalidad de las cuotas vencidas, pero sin reconocimiento para el adquirente de los derechos conferidos o por Premio o Premios u otros beneficios que durante el lapso de mora eventualmente le hubiese correspondido recibir.
En el supuesto de Pago Contado o de Cuotas Mensuales con cheques y/o giros, la validez de los recibos extendidos estará
condicionada a la efectivización de dichos valores, es decir, si la entidad crediticia girada llegara a rechazar el valor, cualquiera fuera la causa invocada, los recibos extendidos a raíz de la entrega de tal instrumento privado carecerán de valor cancelatorio de la obligación pertinente.
Pago Contado o Pago hasta completar el Total: todo adquirente que dentro de los plazos estipulados desee pagar al Contado deberá concurrir a los lugares de pago habilitados en los días y horarios fijados, todo adquirente que haya abonado una o más cuotas y desee completar la totalidad del pago al Contado dentro de los plazos estipulados para poder participar de los Sorteos Gratuitos Especiales por Pago Contado deberá concurrir únicamente a las dependencias del Club habilitadas, cuando se trate de adquirentes del Interior o del Exterior deberán remitir un cheque o efectuar un giro bancario o telegráfico a nombre del Club Atlético Temperley "No a la Orden", agregándole el Número de Bono Contribución del Centenario que corresponda.
Sistema de Juego:
Todos los Sorteos se desarrollarán con la última jugada de la Loteria de la Provincia de Buenos Aires del último sábado de los meses de Marzo, Abril, Mayo, Junio, Julio, Agosto, Septiembre y Octubre de 2013 inclusive, que determinará al Ganador de cada Premio de los Sorteos Gratuitos Mensuales, incluido los Sorteos Especiales por Pago Contado.
Ganadores:
Los poseedores de los Bonos Contribución del Centenario, deberán poseer los pagos al día en el caso de los adquirentes del Bono en cuotas y contado, debiendo presentar el correspondiente Bono y sus documentos personales.
Premios:
Han de adjudicarse los Premios consignados en el Calendario de Sorteos, Ganadores y Premios, cuando se trate del Automóvil y el Cuatriciclo.
A saber: RENAULT CLIO MIO OKM y CUATRICICLO DE 250 CC OKM , dichos premios no podrán ser canjeados por dinero en efectivo.
Cuando se trate de ÓRDENES PARA COMPRAS (Vouchers de Premio Especial Contado, Viajes y LCD's), las mismas se emitirán personalizadas y los adjudicatarios dispondrán de 30 días corridos a partir de la fecha del Sorteo que corresponda para retirarlas de la Sede Social y de 60 días corridos a contar de la fecha de entrega para consumirlas en los Comercios y/o Prestatarios de Servicios
adheridos al emprendimiento que serán identificados con sus nombres y/o nombre del comercio.
Una vez superada la fecha de vencimiento impresa las mismas carecerán de valor. La obtención de uno o más Premios no anula el derecho de seguir participando en todos los Sorteos pendientes de resolución, por lo tanto los poseedores de Bonos Contribución del Centenario siempre que estén al día con los pagos dentro de los plazos estipulados podrán obtener tantos Premios como veces salgan sus números.
Los Premios en Órdenes para Compras (Vouchers) no podrán ser canjeados por dinero en efectivo.
Si por cualquier causa de fuerza mayor los bienes detallados como Premios no se fabriquen más o no se encuentren en plaza, el Club Atlético Temperley tendrá facultades para reemplazarlos por otros de similares características, funciones y precios.
El Automóvil, el Cuatriciclo y los LCD's a adjudicarse como Premios contarán con las garantías que otorga su fabricante, el Club Atlético Temperley no será responsable por ningún daño o perjuicio, de cualquier tipo que fuere, que pudieren sufrir Ganadores y/o Terceros, con motivo o en relación con el uso de los Premios adjudicados.
Entrega de Premios:
Para hacerse acreedor al pago de Premios el adquirente que resulte beneficiado deberá presentar el Bono Contribución del Centenario , los correspondientes comprobantes de pago al día y los documentos del titular.
En todos los casos quienes resulten Ganadores del Automóvil, Cuatriciclo o de Órdenes para Compras (Vouchers) deberán presentarse
en la Sede Social de lunes a viernes de 10 a 20 horas o Sábados de 10 a 13 horas, si la residencia del adquirente que resulte Ganador excediera los 100 kilómetros las Órdenes para el retiro de Premios serán entregadas personalmente o por correspondencia.
El Automóvil y el Cuatriciclo que se adjudiquen como Premios serán 0km, modelo 2013 a patentar, siendo los gastos por transferencia, alistamiento, flete y patentamiento y cualquier otro impuesto Municipal, Provincial o Nacional a cargo de los beneficiados.
Si por cualquier causa hubiere demora en la entrega del Automóvil o el Cuatriciclo deberán aceptar el orden de entrega establecido por la Concesionaria Oficial interviniente.
Si se tratare de beneficiarios del interior del país y/o del exterior, los gastos por traslados, estadía y alojamiento correrán por su exclusiva cuenta.
En todos los casos serán a cargo de los beneficiados todos los impuestos, gravámenes y/o servicios, de orden municipal, provincial o nacional creados y/o a crearse e implementados con anterioridad o posterioridad a la puesta en marcha de los Bonos o Membresías Adherentes del Centenario.
Enganche:
Quienes hayan adquirido el Bono Contribución del Centenario en cuotas y se encuentren atrasados en el pago de las mismas, podrán engancharse nuevamente abonando las cuotas pendientes hasta cancelar la deuda incluyendo la cuota correspondiente al mes de cancelación de deuda, hasta cumplimentar el monto de $.1.000.- correspondientes al pago total en cuotas del Bono.
Este enganche no habilita a quienes hubieran resultado beneficiados con algún premio mientras duro el tiempo de mora, a realizar ningún reclamo sobre los premios sorteados con anterioridad a la cancelación de la deuda.
Al haber cancelado la deuda, le asistirán los mismos derechos pendientes que a los adquirentes que compraron con anterioridad. Esta cláusula regirá hasta el vencimiento de pago de la 7ª Cuota Mensual.
Pérdida, Sustracción, Extravío, Deterioro Parcial o Total, Destrucción Parcial o Total:
el Club Atlético Temperley no se hace responsable por pérdida, sustracción, extravío, deterioro parcial o total, destrucción parcial o total, del Bono Contribución del Centenario y/o comprobantes de pago.
Cualquier anormalidad al respecto deberá comunicarse por escrito, sin dejar de abonar la Cuota Mensual respectiva, adjuntando original y fotocopia de la denuncia policial según el caso.
Postergación o Suspensión Temporaria:
En caso de extrema necesidad por causa de fuerza mayor debidamente justificada, el Club Atlético Temperley tendrá facultades para postergar el Sorteo o los Sorteos programados, debiendo fijar y dar a conocer con la mayor celeridad posible la nueva fecha y horario para realizarlo/s.
En caso de extrema necesidad por causa de fuerza mayor debidamente justificada el Club Atlético Temperley tendrá facultades para suspender temporariamente el Sorteo o los Sorteos en desarrollo, dejando debidamente aclarado ante Escribano Público en acta respectiva, debiendo fijar y dar a conocer con celeridad la nueva fecha del o los sorteos suspendidos.
Ilustraciones:
Se deja expresamente aclarado que cualquiera de las ilustraciones de los folletos, filmaciones, correos y todo otro elemento utilizado con fines promocionales y publicitarios no significa identificación de los Premios, ya que todos los que se sortean son análogos a los que
figuran en dichas representaciones fotográficas o filmadas, en condiciones de marca, estado y modelo según el caso.
En tales condiciones el adquirente potencial adjudicatario presta expresa conformidad contra satisfacción de los requisitos enumerados, prescindiendo de ornamentos, accesorios, adicionales o en general cualquier elemento complementario, suntuoso o decorativo no especificado.
Notificaciones:
El resultado de los Sorteos será publicado en carteles a instalarse en lugares claves y visibles de las diferentes dependencias de la Institución, remitido por correo electrónico a quienes lo denuncien en los datos del adquirente, publicado en la Página Web Oficial del Club y en la Pagina Web y Facebook del Centenario.
En los Sorteos Gratuitos Mensuales y en el Sorteo Gratuito Contado quienes resulten Ganadores del Automóvil, del Cuatriciclo, de los Viajes, LCD's y de los Sorteos Especiales Contado, serán notificados por teléfono a los números denunciados en los datos del adquirente, por correo electrónico si lo hubiere y de no concretarse la notificación se remitirá carta documento al domicilio particular denunciado.
Nombres, Domicilios, Imágenes, Voces, Fotos, Filmaciones:
El Club Atlético Temperley se reserva el derecho de publicitar por los medios y formas que considere conveniente los nombres,
domicilios, imágenes, voces, fotografías, filmaciones, tanto de los beneficiados como de su grupo familiar sin costo adicional alguno.
Si algún adquirente no desea ser publicitado en caso de resultar Ganador, deberá remitir con la debida antelación una nota a la Institución expresando su voluntad y será respetada.
Conformidad:
La adquisición de éste BONO CONTRIBUCION DEL CENTENARIO constituye para el Comprador el conocimiento de estas Condiciones Generales y su total aceptación, renunciando en consecuencia a cualquier objeción de las cláusulas citadas precedentemente. Cualquier imprevisto u omisión involuntaria será resuelta por la Comisión Directiva y la Comisión de Festejos del Centenario del Club Atlético Temperley.
Organización:
Este emprendimiento está organizado, patrocinado y garantizado por el Club Atlético Temperley, a través de la Comisión de Festejos del Centenario, con domicilio legal en la Av. 9 de Julio 360 de la ciudad de Temperley, Provincia de Buenos Aires, República Argentina.
Fuente:
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